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Candidatura a la Asociación Balear de Ciencia Regional 2016-2020 / Desierta

Candidatura a la Asociación Balear de Ciencia Regional 2012-2016

 

Sin número mínimo de asociados. Sin posibilidad de crear asociación territorial según marcan los estatutos:

 

 

De acuerdo con los Estatutos y Reglamentos de la Asociación Española de Ciencia Regional, se remite el reglamento electoral y el calendario electoral para la elección de los cargos de la Junta Directiva de la Sede territorial de Baleares para el periodo 2016-2020, integrada por el Presidente/a, Secretario/a y Tesorero/a.

Atención a los estatutos:

Art. 30.

 

Podrán formarse tantas Comisiones Gestoras para la constitución de asociaciones territoriales como comunidades autónomas existan, siendo su ámbito el correspondiente a la respectiva comunidad autónoma. El número mínimo de socios exigible para la constitución de una Asociación territorial es de 10. En todo caso, también podrán constituirse, por necesidades operativas o para tener el umbral de socios exigible, asociaciones territoriales que se extiendan al ámbito de más de una C.A. 

 

En estos momentos no existen el mínimo de socios para constituir sede territorial. 

 

Como puede observarse, tanto el Reglamento como el calendario (adjuntos) son los mismos que el de la AECR, debidamente adaptados en sus aspectos formales.

 

Atentamente,

 

Pere A. Salvà i Tomàs

Presidente de la Comisión Gestora Balear