Un nuevo reto para las políticas europeas: El enfoque de género
Por M. Carmen Lima Díaz – Profesora Titular de Economía Aplicada -Universidad Pablo de Olavide
No están siendo tiempos fáciles para la Unión Europea: guerra en el continente, crisis global de las cadenas de suministro, inflación y subidas de tipos de interés …todo ello cuando apenas nos reponíamos de la traumática e inédita pandemia por la Covid-19, de la salida de Reino Unido del bloque de socios y con la aún reciente herencia de una crisis financiera sin precedentes que derivó en una crisis de la deuda soberana que aún prevalece en las finanzas públicas de la mayor parte de sus estados miembros.
Sin embargo, tratando de dejar atrás decisiones poco acertadas y una manifiesta insensibilidad social en los años de austeridad presupuestaria, la UE parece haber encontrado en la adversidad, el revulsivo necesario para emprender un giro de timón hacia las políticas de solidaridad, mediante la implementación del paquete de medidas para la recuperación NextGenerationEU. Con él se pretende apoyar su refundación con una mayor solvencia financiera, al ser la primera vez en su historia en que se emite deuda mancomunada para sostener políticas expansivas de gasto público y cambio estructural.
Y es que, aunque el presupuesto europeo ha sido un actor clave para hacer frente a las llamadas políticas de cohesión económica y social; era el momento de acabar con cicaterías y aprobar una auténtica inyección financiera que, aunque de momento coyuntural, pudiera contribuir a la transformación de la Unión Europea haciéndola más resiliente, más verde y adaptada digitalmente a los nuevos tiempos. Esta iniciativa debía reposicionar a las políticas sociales en el lugar preponderante donde siempre debieron permanecer, tal como se establecía en la Declaración Schuman (1950).
Centrándonos en lo social, el Tratado de Ámsterdam (1997) incluía de forma explícita la prohibición de cualquier tipo de discriminación. Estos principios fueron desarrollados por dos directivas, una centrada en la igualdad entre las personas independientemente de su origen racial o étnico (2000/43/CE) y otra sobre igualdad en el empleo y la ocupación (2000/78/CE). El proyecto social siguió consolidándose en 2009 cuando entró en vigor el Tratado de Lisboa, que clarificaba la legislación de la UE sobre protección de derechos fundamentales. No obstante, y sin lugar a dudas, una de las asignaturas en las que era necesario reforzar la unión era la lucha contra la desigualdad de género.
Hace unos años la Comisión Europea suscribió un Compromiso Estratégico para 2016-2019, donde definía áreas prioritarias de intervención como la promoción de la igualdad de género y de los derechos de las mujeres en todo el mundo, la erradicación de la violencia de género y la protección y apoyo a las víctimas, la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres en la toma de decisiones, la reducción de las diferencias salariales y de pensiones, la lucha contra la pobreza entre las mujeres y, por último, el aumento de la participación femenina en el mercado laboral para favorecer su independencia económica.
El problema de la mencionada iniciativa, era que no quedaba claramente vinculada a programas de financiación para alcanzar sus objetivos. Por ello, actualmente, se ha diseñado una nueva y más completa Estrategia de Igualdad de Género 2020-2025 en la que la Comisión Europea pone sobre la mesa por primera vez los estereotipos de género, tratando de eliminar las diferencias entre hombres y mujeres en la prestación de cuidados y de lograr el equilibrio de género en la toma de decisiones, potenciándolo en ámbitos de poder como la política.
En su informe anual sobre igualdad de género de 2022 la Comisión identifica los logros de la estrategia, los compromisos de los Estados miembros o los impactos más fuertes sufridos por las mujeres, como el que causó la Covid-19. De todo ello se extrae que para llegar a una igualdad efectiva es necesario establecer políticas de género claramente definidas. En esta línea, el llamado “gender mainstreaming” se ha convertido en una herramienta al servicio de la transparencia en la asignación y redistribución de los recursos públicos. Así, para diseñar políticas justas y eficaces, sería necesario incorporar una dimensión de género en objetivos estratégicos como, entre otros: las políticas europeas de Green Deal (pobreza energética en las mujeres y problemas en la tarificación del carbono), inteligencia artificial (que los avances en esta tecnología no provoquen discriminación o desigualdad), educación superior (equilibrio de género en las estructuras de gobernanza y en las universidades), Política Agrícola Común (abordar la situación de mujeres en zonas rurales y agrícolas, con recogida de datos desglosados por sexo), o en política sanitaria (revisión de herramientas y equipos de protección diseñados también para mujeres y reorientación del enfoque en el estudio de determinadas enfermedades).
Al margen de los ejemplos anteriores, desde el Consejo de Europa (2018) se reconoce que para integrar la perspectiva de género debe utilizarse un “enfoque de transversalidad, en todas las fases y niveles de las políticas, los programas y los proyectos»; considerándose dicha acción como un medio en sí mismo para lograr la igualdad de género. En este sentido, el Instituto Europeo de la Igualdad de Género (European Institute for gender equality, EIGE) comparte esta opinión como estrategia para enmendar desigualdades y destruir los mecanismos que las causan. La mencionada transversalidad la aplicarían las instituciones comunitarias a nivel europeo, mientras que a nivel nacional correspondería al gobierno de los Estados miembros. EIGE señala que, en el caso de la UE, las instituciones responsables de la aplicación de la transversalidad de género son la Comisión Europea, el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea:
-Comisión Europea: A través de la Dirección General de Justicia y Consumidores que coordina a todas las Direcciones Generales, ayudada por la Unidad de Igualdad de Género (UIG). Encargadas de establecer objetivos políticos y acciones como la actual Estrategia de Igualdad de Género 2020-2025.
-El Parlamento Europeo: comprometido con que el Marco Presupuestario y Financiero de la UE garantice la transversalidad de género, estableciendo diferentes organismos que ayuden a su implementación como la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género, la Red de Mainstreaming de Género y el Grupo de Alto Nivel sobre Igualdad de Género y Diversidad.
-Por último, el Consejo de la Unión Europea no cuenta con un mecanismo estructural para la igualdad de género. Son los ministros de cada Estado miembro los responsables de las medidas de igualdad de género en su país, vinculando sus acciones a la Agenda 2030 de las Naciones Unidas para el Desarrollo Sostenible.
Para alcanzar el propósito de la transversalidad de género EIGE establece cuatro pasos:
- Definir (Identificar políticas con herramientas como el análisis de género, la evaluación de su impacto, las estadísticas de género y la consulta a las partes interesadas).
- Planificar: Diseñar la ejecución de programas o políticas desde una perspectiva de género, con objetivos, intervenciones y enfoques a alcanzar. La presupuestación con perspectiva de género es una herramienta esencial en este paso.
- Actuar: Fase de aplicación de una política, siendo todos los implicados conscientes de los objetivos de género.
- Comprobar: seguimiento de los progresos y resolución de los posibles problemas inesperados.
La presupuestación de género ó “gender budgeting” tiene en cuenta, por tanto, el impacto de género de todos los ingresos, gastos, políticas y presupuestos e incluye la evaluación de acciones. También contribuye a la rendición de cuentas presupuestaria y financiera, ya que acaba revelando los efectos de las decisiones de gasto e ingresos sobre la igualdad de género. Esta forma holística de presupuestación, puede contribuir a la legitimación de intervenciones o políticas futuras. Por ello, resulta esencial un análisis de resultados para promover cambios, teniendo en cuenta todos los problemas y retos descubiertos en la fase de análisis, así como las brechas de género o la pertinencia del uso de medidas de discriminación positiva. Deben participar en el proceso una combinación de actores gubernamentales y no gubernamentales y son enriquecedoras las experiencias desarrolladas en todo el mundo.
La UE y sus Estados miembros tienen la obligación de promover la igualdad de género y los derechos humanos. Los fondos europeos no pueden promover el bienestar ni el crecimiento integrador y sostenible si desatienden los derechos y necesidades de la mitad de la población de la UE. Esta es la razón principal por la que la política de fondos debe aplicar la presupuestación con perspectiva de género como una forma de hacer avanzar la igualdad de género para mujeres y hombres.
Podríamos concluir que la presupuestación con perspectiva de género es un nuevo enfoque para alcanzar los objetivos de crecimiento, empleo y cohesión social de la UE. Así pues, para garantizar que la ejecución de los fondos de la UE sea de mayor calidad y que los objetivos fijados por dichos fondos se alcancen con mayor eficacia, será necesario incorporar este enfoque en todos los ciclos de intervención. Además, este tipo de presupuestación es compatible con la rendición de cuentas, la transparencia y orientación a resultados, ya que vincula más estrechamente los objetivos políticos con los presupuestos; potenciando además la eficacia en la toma de decisiones al mejorar nuestra comprensión de las diferentes necesidades de las mujeres y los hombres.
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