Tal y como refiere el punto 2 del Reglamento Electoral General: Cada sede territorial elaborará su propio reglamento de elecciones que deberá ser un desarrollo de los Estatutos y Reglamentos de la Asociación Española de Ciencia Regional (AECR) de acuerdo con el artículo 35 de sus estatutos. El calendario electoral será el mismo que el de la AECR.
A no ser que alguna sede, por algún motivo justificado, cambie alguna de las cláusulas, prevalecerán los principios generales recogidos en el Reglamento.
En este apartado, llegado el momento, se colgarán las diferentes candidaturas presentadas en tiempo y forma por cada una de las sedes territoriales.
Información de cada sede territorial: